Violencia de género
La violencia de género, o violencia machista, consiste en cualquier acto que resulte o
pueda resultar en daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para las mujeres y
niñas, incluidas amenazas de tales actos, coacción o privación arbitraria de la libertad.
La violencia de género puede afectar no sólo a las mujeres y niñas, sino también a
personas homosexuales o a personas que decidan no seguir los mandatos de estereotipos
sexistas y de género sobre el supuesto deber ser de hombres y mujeres.
En este contexto, la violencia contra las mujeres es un tipo de violencia de género y es
preciso diferenciarla de forma particular, por las dimensiones que adquiere en una
sociedad patriarcal como la nuestra.
La Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer de Naciones Unidas
explica que, la violencia contra la mujer “es uno de los mecanismos sociales fundamentales
por los que se fuerza a la mujer a una situación de subordinación respecto del hombre y
ésta ha permanecido oculta, silenciada y naturalizada por las propias víctimas, por las
familias, bajo la tolerancia de la sociedad y los estados, lo que la perpetúa hasta
ahora”.
La violencia contra las mujeres forma parte de la violencia estructural, presente en la
división y el ejercicio del poder político, en el acceso a recursos económicos, en la
división del trabajo productivo, en las tareas del hogar y en el ejercicio de la violencia
contra ellas en sus diferentes manifestaciones a lo largo de su vida (violación, incesto,
acoso sexual laboral o en instituciones educativas, trata de mujeres, violencia en el
ámbito laboral, en las relaciones de pareja, etc.) Por tal motivo, cuando se habla de
violencia contra las mujeres se hace referencia a un fenómeno social, y no de hechos
aislados, que pueden darse o no según las relaciones interpersonales que se construyen.
Como lo señala Zub Centeno38, va más allá de la dimensión interpersonal entre agresor y
víctima porque tiene sus raíces en el patriarcado como orden social. En este sentido, el
Comité de la CEDAW señala que la violencia en razón de género “refuerza aún más la noción
de la violencia como problema social más que individual, que exige respuestas integrales,
más allá de aquellas relativas a sucesos concretos, autores y víctimas y supervivientes”.
Finalmente, es necesario reconocer la existencia de violencias de mujeres hacia sus
parejas hombres. Sin embargo, este tipo de violencias no responden a una relación de poder
jerárquico y estructural como es la violencia de género contra las mujeres, donde el poder
es asimétrico y se da una desvalorización de todo lo femenino.